domingo, 8 de agosto de 2010

Competencias de la Alcaldía de Guayaquil

Ley de Transparencia

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos de los artículos 253 y 264 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:

a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal;


c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;


LA MUNICIPALIDAD PAGA ÚNICAMENTE LAS REMUNERACIONES MENCIONADAS.


d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones;


e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;


LA MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL NO TIENE CONTRATOS COLECTIVOS VIGENTES.


f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción;


g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos;


h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

El Municipio de Guayaquil no dispone de Auditorías externas.

i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones;


j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;


Art. 98.- Registro de Incumplimientos.- Las entidades remitirán obligatoriamente al Instituto Nacional de Contratación Pública la nómina de todos aquellos contratistas o proveedores que hubieren incumplido sus obligaciones contractuales o se hubieren negado a suscribir contratos adjudicados, acompañando los documentos probatorios correspondientes, a fin que sean suspendidos en el RUP por cinco y tres años, respectivamente. En consecuencia, la actualización del registro será responsabilidad del Instituto Nacional de Contratación Pública.

Para dar cumplimiento con este literal las personas podrán entrar al portal del INCOP en:
http://www.compraspublicas.gov.ec/ProcesoContratacion/app/webroot/compras/ProcesoContratacion/buscarProceso.php#
http://www.compraspublicas.gov.ec/ProcesoContratacion/app/webroot/compras/Empresa/EmpReporteIncumplidos.php?sg=1

k) Planes y programas de la institución en ejecución;


m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;


El informe de conformidad con la ley, será presentado el día de la Sesión inaugural del Concejo por el nuevo período del Alcalde y los Concejales.

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos;


o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley;


De acuerdo con el art. 7 literal O de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública los funcionarios responsables de garantizar la atención suficiente y necesaria a la publicidad de la información pública son la Lcda. Estefanía Plaza Ycaza, Supervisora de Gobierno Electrónico y el Ab. Andrés Rosero Von Gizycki, Asesor Legal de Secretaría Municipal. Dirección: Clemente Ballén y Pichincha, Edificio El Crillón 2do Piso, Oficina de Informática, Gobierno Electrónico. Teléfonos: 259-9100 EXT. 2153. Apartado Postal: 4197 - Guayaquil - Ecuador

Email: info@guayaquil.gov.ec

s) Los organismos seccionales, informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adoptaren, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiados, así como sus planes de desarrollo local;


Art. 19.- De la Solicitud y sus Requisitos.- El interesado a acceder a la información pública que reposa, manejan o producen las personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita ante el titular de la institución.


En dicha solicitud deberá constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud, la cual será contestada en el plazo señalado en el artículo 9 de esta Ley.

Art. 20.- Límites de la Publicidad de la Información.- La solicitud de acceso a la información no implica la obligación de las entidades de la administración pública y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente. Ley, a crear o producir información, con la que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. En este caso, la institución o entidad, comunicará por escrito que la denegación de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder, respecto de la información solicitada. Esta Ley tampoco faculta a los peticionarios a exigir a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean, salvo aquellos que por sus objetivos institucionales deban producir.

No se entenderá producción de información, a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en los diversos departamentos o áreas de la institución, para fines de proporcionar resúmenes, cifras estadísticas o índices solicitados por el peticionario.


¿Cómo realizo el Catastro de Predios?
  

Las escrituras quedarán registradas en el Archivo del Departamento de Avalúos y Registros de la Dirección de Urbanismo.
 
CATASTRO DE PREDIOS: URBANOS

Requisitos:
1. Tasa única de trámite.
2. Escritura original o copia certificada del predio inscrita en el registro de la propiedad.
3. Copia de la cédula de ciudadanía del solicitante

Pasos del trámite:
1. Pagar la tasa de trámite en las ventanillas municipales de recaudaciones (bloque noroeste 1, Palacio Municipal, planta baja)
2. Adjuntar a la solicitud todos los requisitos indicados, colocarlos en una carpeta y entregarla en la ventanilla # 58 (Palacio Municipal, planta baja)

* Procedimiento interno: Verificación de los datos, análisis y aprobación.

Nota: Se le indicará al usuario que regrese a la ventanilla No. 56 de la Dirección de Urbanismo, Avalúos y Registros en un plazo de 8 días laborales, si no requiere inspección, para retirar el trámite.

CATASTRO DE PREDIOS: RÚSTICOS

Requisitos:
1. Escritura inscrita en el Registro de la Propiedad (original o copia notarizada)
2. Levantamiento Planimétrico con coordenadas Unidad Técnica de Mercados (U.T.M.) Ó I.G.M.
3. Tasa de Trámite
4. Copia de la cédula de ciudadanía del solicitante
5. Recibo de pago de impuestos prediales. (Si lo hubiere)

Proceso del trámite:
1. Pagar la tasa de trámite en las ventanillas de recaudaciones (bloque noroeste 2, Palacio Municipal, planta baja), donde recibirá la solicitud respectiva.
2. Adjuntar a la solicitud todos los requisitos indicados, colocarlos en una carpeta y entregarla en la ventanilla # 58 (bloque sureste 4, Palacio Municipal, planta baja).

* Procedimiento interno: Verificación de los datos, análisis y aprobación.

Se le indicara al usuario que regrese a la ventanilla de atención al público de la Jefatura de Avalúos y Registro en un plazo de 8 días laborales para retirar el Certificado.
 
Nota: Si existe división de lote, se requiere la aprobación del M.I. Concejo Cantonal o del I.N.D.A. en el caso de tratarse de parcelaciones agrícolas.

Atención: Lunes a Viernes 8h30 a 17h00


¿Cómo obtengo una Solicitud para Registro de Patente?


Objetivo/Acerca del trámite:

Toda persona natural o jurídica que ejerza habitualmente actividades comerciales, industriales y,o financieras dentro del cantón, está obligada a obtener su Registro de Patente Municipal. Igual obligación tendrán incluso aquellas personas exentas por ley, del pago del impuesto de patentes.

No están obligadas a obtener Registro de Patente Municipal, las personas que se hallen en el libre ejercicio profesional.

a) SOLICITUD PARA REGISTRO DE PATENTE: PERSONAS NATURALES

Requisitos generales:
1. Formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Naturales”
2. Original y copia legible de la cédula de ciudadanía del contribuyente.
3. Original y copia legible del R.U.C. actualizado.
4. Original y copia legible del Certificado de Seguridad (otorgado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos).
5. Copia legible de las Declaraciones del Impuesto a la Renta o las declaraciones del impuesto al Valor del ejercicio económico anterior al que va a declarar.

REQUISITOS PARA CASOS ESPECIALES:

 Copia legible del Certificado de la calificación artesanal (otorgada por la Junta Nacional de Defensa del Artesano).
 Original y copia legible del comprobante de pago de la Tasa Anual de Turismo, para los establecimientos que desarrollan actividad turística.

Pasos del trámite:

1. Solicitar el formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Naturales” en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja). El valor de la tasa de trámite para el pago de patente, se incluirá en el Comprobante de Pago de la liquidación de dicho impuesto.
2. Llenar la solicitud con letra imprenta o máquina.
3. Adjuntar los requisitos indicados a la solicitud y entregar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja), donde se le indicará el monto de la liquidación correspondiente. (No se aceptará documentación incompleta, incorrecta o ilegible).
4. Cancelar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Recaudaciones el valor de la liquidación.

Nota: La cancelación del tributo se efectuará en forma inmediata a la presentación de los requisitos.

1b) SOLICITUD PARA REGISTRO DE PATENTE: PERSONAS JURÍDICAS

Requisitos generales:

1. Formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Jurídicas”.
2. Copia legible de los Estados Financieros del período contable a declarar, con la fe de presentación de la Superintendencia de Compañías o de Bancos, según sea el caso.
3. Copia legible de la cédula de ciudadanía y del nombramiento vigente del Representante Legal.
4. Original y copia legible del R.U.C. actualizado.
5. Original y copia legible del Certificado de Seguridad (otorgado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos). Las personas que tienen más de un establecimiento, deben presentar el Certificado de Seguridad de cada uno de los locales.
6. Copia de la Escritura de Constitución (cuando es por primera vez).

REQUISITOS PARA CASOS ESPECIALES:

 Original y copia legible del comprobante de pago de la Tasa Anual de Turismo, para los establecimientos que desarrollan actividad turística.

 Pasos del trámite:

1. Solicitar el formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Jurídicas” en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja). La Tasa de Trámite para el pago de Patente se incluirá en el Comprobante de Pago de dicho impuesto.
2. Llenar la solicitud con letra imprenta o máquina.
3. Adjuntar los requisitos indicados a la solicitud y entregar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja), donde se le indicará el monto de la liquidación correspondiente. (No se aceptará documentación incompleta, incorrecta o ilegible).
4. Cancelar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Recaudaciones el valor de la liquidación.

Nota: La cancelación del tributo se efectuará en forma inmediata a la presentación de los requisitos.

Atención: Lunes a Viernes. 8h30 a 16h30


¿Cómo obtengo una Copia certificada de comprobantes de pago?

Objetivo/Acerca del trámite:

Obtener una copia certificada por la Municipalidad, del comprobante del pago realizado por un usuario, por cualquier tipo de concepto.

Requisitos:
1. Tasa única de trámite.
2. Oficio dirigido al Jefe de Rentas de la Municipalidad, solicitando una copia certificada del comprobante, indicando el concepto por el cual se realizó el pago, el nombre del solicitante y, de ser posible, la fecha. En el caso de pago por concepto de predios urbanos, se indicará el código del predio y el año a solicitar.

REQUISITOS ADICIONALES PARA EL CASO DE PERSONAS NATURALES:

 Copia de la cédula de ciudadanía del contribuyente.
* En caso de fallecimiento del contribuyente, el heredero deberá presentar copia de su cédula de ciudadanía y de la respectiva acta de defunción del contribuyente.

REQUISITOS ADICIONALES PARA EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS:

 Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
 Copia del R.U.C. de la Compañía.
* El oficio deberá estar firmado por el representante legal de la Compañía.

Pasos del trámite:
1. Pagar la tasa de trámite en las ventanillas municipales de recaudaciones (bloque noroeste 2, Palacio Municipal, planta baja), donde recibirá la solicitud respectiva.
2. Llenar la solicitud a máquina o con letra clara
3. Adjuntar a la solicitud todos los requisitos indicados, colocarlos en una carpeta y entregarla en la ventanilla # 31 (Palacio Municipal, planta baja) o en la Secretaría de Rentas (Palacio Municipal, Pasaje Arosemena). El solicitante deberá acercarse después de 48 horas a retirar lo solicitado.

Nota: La copia certificada no tendrá efecto para la devolución de valores pagados indebidamente.

Atención: Lunes a Viernes 8h30 a 17h00

 
¿Cómo hago el Pago del impuesto a la Utilidad?

Requisitos:
1. Formulario “Declaración para el pago del impuesto a la utilidad” firmado ante un notario público.
2. Certificado de avalúos para transferencia de dominio, otorgado por la Jefatura de Avalúos y Registros de la M.I. Municipalidad de Guayaquil.
3. Copia del comprobante de pago del impuesto predial del año.
4. Copia certificada del título de dominio anterior.
5. Copia certificada de la minuta.

Pasos del trámite:
1. Llenar la solicitud a máquina.
2. Adjuntar al formulario todos los requisitos indicados, colocarlos en una carpeta y entregarla en las ventanillas #17, 18 o 20 (Palacio Municipal, planta baja)
3. Se procede a revisar en forma inmediata la documentación entregada.
4. De existir conformidad con la documentación revisada, se procede a recaudar el valor del impuesto, caso contrario se devuelve son la respectiva observación

Nota: La cancelación del tributo se efectuara en forma inmediata a la presentación de los requisitos.

Atención: Lunes a Viernes 8h30 a 17h00


¿Cómo solicito certificado de no adeudar a la M. I. Municipalidad de Guayaquil?

Objetivo/Acerca del trámite:

Obtener el certificado de no tener deudas con la Municipalidad

Requisitos:
1. Tasa única de trámite.
2. Formulario “Solicitud para certificación de no adeudar a la M.I. Municipalidad de Guayaquil“

REQUISITOS ADICIONALES PARA EL CASO DE PERSONAS NATURALES:

 Copia de la cédula de ciudadanía del contribuyente.
 Copia del R.U.C., en caso de poseer algún negocio.

* En caso de fallecimiento del contribuyente, el heredero deberá presentar copia de su cédula de ciudadanía y del acta de defunción del contribuyente.

REQUISITOS ADICIONALES PARA EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS:

 Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
 Copia del nombramiento del representante legal.
 Copia del R.U.C. de la Compañía.

* El formulario “Solicitud para certificación de no adeudar a la M.I. Municipalidad de Guayaquil” deberá estar firmado por el representante legal de la Compañía.

Pasos del trámite:
1. Pagar la tasa de trámite en las ventanillas municipales de recaudaciones (bloque 1 y 2, Palacio Municipal, planta baja), donde recibirá la solicitud respectiva
2. Llenar la solicitud a máquina o con letra clara de imprenta.
3. Adjuntar a la solicitud todos los requisitos indicados, colocarlos en una carpeta y entregarla en la ventanilla # 31. El solicitante deberá acercarse después de 48 horas a retirar lo solicitado.

Este certificado es válido por 180 días. Ningún abogado que realice el trámite en representación del contribuyente, podrá registrar su firma en el formulario en lugar del cliente. Solo en casos especiales debidamente autorizados por la autoridad municipal competente, deberá presentar un poder legalizado que lo faculte para el efecto, adjuntando copia de su cédula de ciudadanía y de la del cliente.

Atención: Lunes a Viernes 8h30 a 17h00


¿Cómo hago para obtener la exoneración del impuesto por la ley del anciano?

Objetivo/Acerca del trámite:

Solicitar al Cabildo porteño la exoneración de impuestos municipales, en aplicación a lo establecido en la Ley del Anciano

Exoneración de impuestos por la ley del anciano: Primera vez

Requisitos:
1. Formulario “Solicitud de exoneración de impuestos por la Ley del Anciano”
2. Cédula de ciudadanía o de identidad (en caso de persona extranjera), original y copia.
3. En caso de persona extranjera, presentar certificado de la oficina de migración que acredite su residencia ininterrumpida, por lo menos 10 años en el Ecuador.
4. Formulario “Declaración juramentada” legalizada ante un notario o ante uno de los jueces civiles del cantón Guayaquil

Pasos del trámite:
1. Llenar la solicitud a máquina o con letra clara
2. Adjuntar a la solicitud todos los requisitos indicados, colocarlos en una carpeta y entregarla en la ventanilla #45 (Palacio Municipal, planta baja). Después de 72 horas, el solicitante deberá acercarse nuevamente para informarse sobre el resultado del trámite y, si fuere del caso, el valor que tiene que pagar por los tributos no exonerados.

Nota: Esta solicitud debe presentarse anualmente

Exoneración de impuestos por la ley del anciano: Renovación

Requisitos:
1. Cédula de ciudadanía o de identidad (en caso de persona extranjera)

Pasos del trámite:
1. Entregar requisitos en la ventanilla de recaudación #50 (Palacio Municipal, planta baja).

Atención: Lunes a Viernes 8h30 a 17h00


¿Cómo obtengo un permiso de ocupación de la Vía Pública para rótulos, letreros y vallas publicitarias?

TRÁMITE PREVIO – INFORME TÉCNICO DE FACTIBILIDAD DE LA DUAR:

Requisitos:
1. Copia de la cédula de ciudadanía.
2. Oficio dirigido al Director de Urbanismo, Avalúos y Registro
3. Tasa de Trámite para Planeamiento Urbano
4. Foto del letrero

Pasos del trámite:
1. Pagar la tasa de trámite en las ventanillas de recaudaciones (Palacio Municipal, planta baja, lado de Clemente Ballén)
2. Entregar la documentación completa, en la Dirección de Urbanismo, Avalúos y Registro (Palacio Municipal, segundo piso, lado de 10 de Agosto)

* Procedimiento interno: Verificación de Factibilidad.

TRÁMITE PARA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE VÍA PÚBLICA (POSTERIOR A LA DETERMINACIÓN DE LA FACTIBILIDAD):

Requisitos:
1. Tasa única de trámite
2. Formulario “Solicitud para la instalación de rótulos publicitarios”
3. Copia de cédula, o del nombramiento del representante legal si se trata de una empresa
4. Copia del Certificado de Factibilidad otorgado por la DUAR
5. Foto del rótulo publicitario
6. Copia de la Tasa de Habilitación y Patente Municipal de la empresa propietaria de la estructura donde se pretenda ubicar la publicidad
7. Copia del comprobante de pago del impuesto predial al día
8. Plano de ubicación y diseño del rótulo, firmado por el interesado y el responsable técnico

Para la obtención del permiso de ocupación, los interesados deberán presentar un Informe del Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, el cual comprenderá dos instancias: la primera respecto del diseño y planos de la estructura metal mecánica; y, la segunda respecto de la instalación. Una vez instalado el rótulo publicitario, el propietario o responsable de la instalación tendrá un plazo de 30 días para presentar la Certificación de instalación de la estructura publicitaria que emitirá el Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, de no contarse con dicho documento, se sancionará al propietario con el retiro de la estructura, y la revocatoria del permiso.

Para la renovación del permiso de ocupación, se deberá presentar un Informe del Colegio de Ingenieros Civiles del Guayas, que acredite el buen estado de las estructuras publicitarias, considerando los elementos visibles de lo instalado.

* Requisitos adicionales para el caso de instalación de vallas
- Copia de la póliza de responsabilidad civil a terceros.
- Para rótulos publicitarios del tipo C2, D y E se adjuntará adicionalmente lo siguiente:

* Plano de emplazamiento a escala conveniente del sitio y del letrero, en el que conste las dimensiones, cálculos estructurales, y memorias técnicas del rótulo publicitario a instalarse en formato INEN que tengan las firmas de responsabilidad técnica de los profesionales especializados en la materia.

* En el caso de instalación de vallas en áreas privadas, autorización escrita del dueño del inmueble, así como copia certificada del contrato de arrendamiento, en caso de existir arrendamiento.

Pasos del trámite:
1. Pagar la tasa de trámite en las ventanillas de recaudaciones (Palacio Municipal, planta baja, lado de Clemente Ballén) donde se le entregará la solicitud respectiva
2. Llenar la solicitud de manera clara y precisa
3. Entregar la documentación completa en una carpeta, en la ventanilla No. 41 (Palacio Municipal, planta baja, lado de Pichincha)

* Procedimiento interno: Constatación de requisitos completos - Clasificación del pedido - Verificación en el sitio de ser necesario.

Nota: El solicitante deberá regresar en 5 días laborables a la Ventanilla No. 41 (Palacio Municipal, planta baja, lado de Pichincha), para dar continuidad a su trámite.

¿Cómo hago para sacar un permiso para abrir los locales?

Requisitos:
• Comprar la tasa de uso de suelo.
• Completar la solicitud.
• Fotos del Local (del extintor, baño, sala recepción).
• Entregarla en la ventanilla de recepción de uso del suelo en Malecón y 10 de agosto.
• La factibilidad será contestada luego de 10 días.

En caso de ser factible:
• Comprar la tasa de habilitación
• Completar el formulario para funcionamiento anual

Requisitos para funcionamiento anual
• Copia de la cédula de identidad
• Copia de registro Único de contribuyente
• Copia de nombramiento de representante legal (persona jurídica)
• Carta de autorización a la prensa que realiza el trámite
• Copia de la patente del año a tramitar
• Certificado de seguridad otorgado por el Cuerpo de Bomberos

Importante
Hay requisitos adicionales que deberán cumplirse, según el género de actividades.

Atención: Lunes a Viernes 8h30 a 17h00

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